Lección 15 de 15

Un vuelo internacional en ULM

Qué dice el RD 765/2022 sobre volar fuera de España, qué documentos y qué seguro necesitas, cuándo es obligatorio el plan de vuelo, cómo funcionan Schengen y las aduanas y por qué hay que consultar las reglas y el AIP del país.
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GU09 Bloque 1 · Real Decreto 765/2022: operación de ultraligeros, también fuera de España, 3.3 (ampliación)
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Cruzar la frontera con un ULM es posible, pero no es automático. El RD 765/2022 le dedica una sola frase, con consecuencias: si el ULM opera fuera del espacio aéreo español, debe cumplir las disposiciones que exija el Estado sobrevolado, en la forma que ese Estado determine (art. 4.2).
En la práctica significa tres cosas. Tu licencia y tu aeronave españolas no te dan derechos por sí solas. Cada país decide si admite ULM extranjeros y con qué condiciones. Y tienes que enterarte antes de despegar, no al llegar. Como alumno ni te lo planteas: según el RD 123/2015 (art. 4.4), un alumno piloto no puede volar solo en un vuelo transfronterizo ni llevar acompañantes.
Atención
Los ULM quedan fuera de las reglas europeas de EASA, así que otro Estado puede no reconocer el certificado de tu aeronave ni tu licencia. No lo supongas: pregunta a la autoridad o al aeródromo de destino y pide la respuesta por escrito.

Documentos a bordo

  • Tu licencia de piloto de ULM con la habilitación eficaz (experiencia reciente), el certificado médico en vigor y un documento de identidad o el pasaporte.
  • De la aeronave: certificado de matrícula, certificado de aeronavegabilidad restringido con el certificado de revisión en vigor, diario de a bordo, manual de vuelo y certificado de seguro.
  • La licencia de estación de aeronave si llevas radio (art. 30 del Convenio de Chicago: sin licencia del Estado de matrícula no se llevan radiotransmisores a bordo, y su uso en otro Estado se rige por los reglamentos de ese Estado) y tu habilitación de radiofonista (RTC) para usarla.
El Convenio de Chicago (art. 29) pide para la navegación internacional llevar a bordo certificado de matrícula, certificado de aeronavegabilidad, licencias de la tripulación, diario de a bordo y licencia de la estación de radio. En un vuelo interior que sale y llega al mismo campo, algunos documentos pueden quedarse en el aeródromo (Ley 48/1960, art. 21). En un vuelo a otro país, llévalos todos.

Seguro

El seguro obligatorio de la Ley 48/1960 debe cubrir el vuelo donde lo haces: comprueba el ámbito geográfico de tu póliza y lleva el certificado. España exige a toda aeronave que vuele por su espacio aéreo tener asegurados los daños a las personas, la carga y los terceros en la superficie (AIP GEN 1.2). El Reglamento (CE) 785/2004 se aplica a los operadores que vuelan dentro, hacia, desde o sobre el territorio de un Estado miembro, y el Estado sobrevolado puede exigir prueba de un seguro válido (art. 4.3).

Plan de vuelo

Se presenta plan de vuelo antes de cualquier vuelo a través de fronteras internacionales, a menos que los Estados interesados prescriban otra cosa (AIP ENR 1.10). Pertenecer al espacio Schengen no te exime. El plan se presenta como mínimo 60 minutos antes de la salida, por ICARO (web o aplicación de ENAIRE) o en la oficina de notificación ARO del aeródromo de salida, y se cierra con el aviso de llegada al aterrizar (ver «Servicios de tránsito aéreo»). Comprueba en el AIP del país de destino si pide algo más.

Fronteras, aduanas y personas

Entre los Estados que aplican el Convenio Schengen no hay control de pasaportes en la frontera, y entre países de la UE se suprimen los controles aduaneros de los equipajes salvo que los pasajeros vengan de un tercer país (AIP GEN 1.3). Eso afecta tanto a los aeródromos públicos como a los restringidos. La lista de Estados Schengen está en el AIP y no incluye, por ejemplo, al Reino Unido ni a Marruecos. Fuera de ese espacio todo cambia: los vuelos desde o hacia terceros países se someten a control de personas, la frontera exterior solo puede cruzarse por los pasos habilitados y las aeronaves que salen o proceden de fuera del territorio aduanero de la UE solo se despachan en aeropuertos internacionales de la UE (AIP GEN 1.2 y GEN 1.3). Para un ULM esto significa planificar con mucha antelación, hablar con el aeropuerto de entrada y aceptar que quizá no sea posible.

Reglas y espacio aéreo del país

En Europa las reglas del aire de base son las mismas (SERA), pero el espacio aéreo, las zonas, las altitudes de transición, las frecuencias, los aeródromos y el trato a los ULM los define cada Estado. Igual que España exige a quienes aterrizan, despegan o sobrevuelan su territorio cumplir su legislación (AIP GEN 1.2), el país que visitas te la aplicará a ti.
  • Estudia el AIP del país (partes GEN, ENR y AD) y los NOTAM de la ruta y de los aeródromos.
  • Comprueba si admiten ULM extranjeros y si el aeródromo pide permiso previo (PPR).
  • Revisa las zonas P, R y D, el espacio controlado, las altitudes de transición y las unidades que usan.
  • Prepara los alternativos y la meteorología al otro lado.

Idioma de las comunicaciones

La fraseología de radiotelefonía es la misma que usas aquí, y el inglés es la lengua de referencia en la aviación internacional, pero en los aeródromos pequeños los servicios de información pueden usar la lengua local. Prepara las llamadas (indicativo, tipo, posición, intenciones) también en inglés y practica con tu instructor. En España, por ejemplo, las fichas de los aeródromos publican el idioma del servicio: ES/EN.

Ideas clave

  • RD 765/2022, art. 4.2: fuera de España cumples lo que exija el Estado sobrevolado, en la forma que determine.
  • Lleva todos los documentos: licencia, certificado médico, matrícula, aeronavegabilidad, diario, manual, seguro y licencia de estación.
  • El plan de vuelo es obligatorio al cruzar fronteras internacionales (como mínimo 60 minutos antes), también dentro de Schengen.
  • En Schengen no hay control de pasaportes; fuera de Schengen o de la UE, solo pasos y aeropuertos habilitados.
  • Comprueba el seguro, el AIP y los NOTAM del país y si admite ULM extranjeros.
  • Un alumno piloto no puede volar solo en un vuelo transfronterizo.

Para el examen

  • Fuera del espacio aéreo español, el ULM debe cumplir las disposiciones que exija el Estado sobrevolado.
  • Cruzar una frontera internacional obliga a presentar plan de vuelo aunque ambos países sean Schengen.
  • Los documentos solo pueden quedarse en el aeródromo si despegas y aterrizas en el mismo campo.

Glosario

Estado sobrevolado
País sobre cuyo territorio y espacio aéreo opera la aeronave.
Espacio Schengen
Conjunto de Estados que han suprimido los controles de personas en sus fronteras interiores.
ARO
Oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo, donde se presentan los planes de vuelo.
PPR
Permiso previo que algunos aeródromos exigen antes de aterrizar.
Licencia de estación de aeronave
Documento que autoriza el uso de los equipos de radio instalados en la aeronave.

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